Las entidades que pueden ofertar becas a través de los programas
de la Fundación Iñaki Goenaga, y que actuarán como centros de adscripción,
deben estar registradas como miembros de la Red Vasca de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
Las becas deben desarrollarse en el marco de un proyecto de investigación.
Dichos proyectos de investigación no podrán incluir labores encomendadas
por empresas y que tengan que tengan como fin la comercialización inmediata.
Cada beca contará con un plan de formación que recoja el contenido de a laborar
a desarrollar por la persona becada, así como los cursos y estancias en otros
centros que se contemplan.
Cada persona becada contará con un tutor en el centro, quien será
el responsable del correcto desarrollo de la beca y del cumplimiento
del plan de formación.
Carácter formativo de las becas: el rasgo diferencial de la beca es facilitar
el estudio, la formación y la especialización del/la becario/a y no la de incorporar
los resultados del estudio o frutos de su trabajo o estudio realizado al patrimonio
del Centro ni de la Fundación.
Los Centros que participantes en la Convocatoria se comprometen a cumplir
y hacer cumplir las bases de la misma, respetando la publicación de las becas
y el proceso de selección establecido.
El Centro contribuirá a sufragar los gastos generales de la Fundación
así como los gastos de cada convocatoria y las dotaciones mensuales de los/as becarios/as.